b Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos que presenten una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento y los sujetos pasivos que tengan la condición de víctimas del terrorismo en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Victimas del
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